La obsesión por la historia oficial militarista,
la de los héroes de la patria, ha dejado en el olvido a importantes
protagonistas civiles de la independencia, a los ideólogos, a los pensadores. De
hecho los sucesos del 19 de abril de 1810 y los del 5 de julio de 1811 son
protagonizados por civiles y es después de la pérdida de la Primera República
que los militares ocupan la escena.
Uno de los principales ideólogos de la
independencia fue Juan Germán Roscio
quien nació el 27 de mayo de 1763, en los llanos de Guárico. Era hijo de Juan
Cristóbal Roscio, un milanés, que había vivido en España y luego se había
trasladado a la Provincia de Venezuela, específicamente a San Francisco de
Tiznados (hoy estado Guárico), en donde se dedico a la cría de ganado vacuno,
pertenecía a las milicias de la Corona española, por cuanto Milán pertenecía al
imperio español, que formaba parte del dominio de la casa de los Austrias, y su
madre Paula María Nieves, una mestiza, natural del «pueblo
de indios» de La Victoria, que contaba
con bienes de fortuna, ya que explotaban una hacienda en las inmediaciones de
San Francisco de Tiznados.
Por ser mestizo era poco probable que
estudiara en la Universidad de Caracas, ya que para ser admitido se necesitaba
un respaldo particular por parte de los principales de la provincia que probara
su «limpieza de sangre».
Ese respaldo llegó de parte de la hija del conde de San Javier, María Luz
Pacheco, lo que le permitió trasladarse a estudiar a Caracas, siendo tenido por
blanco.
En 1794 se doctoró en derecho Canónico y en
1800 en Civil. Sin embargo, los directores del Colegio de Abogados de entonces
la negaron la inscripción en la corporación, lo que lo inhabilitaba para el
ejercicio de la profesión, alegando que en el expediente requerido de limpieza
de sangre no aparecía el mote de «india»
que sí figuraba en otros expedientes del mismo Juan Germán Roscio, mismo que
inicio un juicio ante la Real Audiencia en 1796 y obtuvo sentencia a su favor
en 1805. El triunfo en este proceso judicial hizo de Roscio un precursor en la
defensa de los derechos individuales en contra de la discriminación racial.
Fue profesor de la Universidad de Caracas,
asesor de la Capitanía General y de la Audiencia de Guerra. El 19 de abril de
1810, al formarse la Junta Defensora de los Derechos de Fernando VII, integra
el Cabildo en calidad de diputado del pueblo. Es nombrado secretario de
Relaciones Exteriores de aquella primera junta emancipadora (es decir, el
primer canciller que tuvo Venezuela), y luego formó parte del Congreso
Constituyente instalado el de de marzo de 1811 en calidad de diputado. El
Congreso Constituyente le encarga la tarea de ser redactor, junto con Francisco
Isnardy, del Acta de Independencia, decidida el 5 de julio de 1811. Luego,
integra la comisión redactora de la primera Constitución que tuvo la República
de Venezuela, sancionada el 21 de diciembre de 1811. También, fue redactor del
Reglamento para la Elección de Diputados al primer Congreso de la Venezuela
Independiente, en 1811. Además, redacta el Manifiesto
que hace al mundo la Confederación de Venezuela en la América Meridional de las
razones en que ha fundado su absoluta independencia de la España, de cualquier
otra dominación, extranjera, intentada y promovida el 19 de abril de 1810, y
declarada el 5 de julio de 1811, formado y mandado publicar por acuerdo del
Congreso General de las provincias unidas. Este texto es el sustento
teórico más importante de aquellos momentos fundacionales de la República.
La perdida de la Primera República
venezolana, en julio de 1812, tiene a Simón Bolívar como lamentable
protagonista de la derrota de Puerto Cabello, plaza que se ha perdido en sus
manos. De modo que, hasta diciembre de 1811, si alguien es figura principal de
los hechos, es el doctor Roscio. El autor de una Constitución Federal a la que
Bolívar culpó de ser la causa de la pérdida de la Primera República en un actin
proyectivo, como puede leerse en el Manifiesto
de Cartagena.
En julio de 1812, con el triunfo de Domingo
Monteverde y la consecuente pérdida de la Primera República, Roscio es hecho
preso y enviado a España el 8 de septiembre de 1812. Mientras Bolívar se hace
de un pasaporte que le confiere Monteverde en gratitud por la entrega de
Francisco de Miranda, en la noche del 31 de julio de 1812 en La Guaira. Bolívar
pasa a Curazao y luego a Cartegena, donde redacta su Manifiesto.
Junto con Francisco Isnardi, José Barona,
Juan Pablo Ayala, José Mires, Juan Paz de Castillo, Manuel Ruiz y el canónigo
chileno José Cortés de Madariaga fueron presos en Cádiz, en La Carraca, durante
siete meses, y luego en Ceuta, hasta que, en la noche del 17 de febrero de 1814
él y otro tres compañeros de celda logran fugarse a Gibraltar, solo que son
entregados por el gobernador ingles a los españoles. Después de más de un año,
el príncipe regente de Inglaterra, Jorge IV, solicitó a Fernando VII la
libertad de aquellos presos americanos, cosa que el monarca se vio en la
necesidad de concederle, el 10 de septiembre de 1815.
De la península ibérica salió Juan Germán
Roscio rumbo a Jamaica y luego se estableció en Filadelfia.
El trasfondo filosófico en el que se apoya es
el liberalismo. De ello dan fe las diversas alusiones a “El contrato social” de
Juan Jacobo Rousseau. Roscio aboga por la creación de repúblicas libres,
gobernadas bajo el imperio de leyes fundadas en los principios de la libertad y
los derechos del hombre, todos ellos consustanciales al individualismo, que no
hay manera de disociar de las ideas liberales.
En su obra política encontramos “El
patriotismo de Nirgua y abuso de los reyes”, un ensayo de 1811 donde afirma “el
derecho que tienen los pueblos para quitar, alterar o reformar el gobierno
establecido cuando así lo exige la salud pública, y el convencimiento de ser
establecido para servir, no para dominar a los hombres; para hacerlos felices,
no para abatirlos, para conservar su vida, su libertad y sus propiedades, no
para oprimirlos ni sustraerles sus fueros sagrados e imprescriptibles”. En
Filadelfia publicó “El Triunfo de la Libertad Sobre el Despotismo”, en 1817,
obra que se reedito en la misma ciudad de Filadelfia en 1821 y una tercera
edición en la misma ciudad en 1847. En México se imprime por primera vez en
1824; luego en 1828 y después en 1857, siendo “El Triunfo de la Libertad Sobre
el Despotismo” un texto importantísimo para la formación de Benito Juárez, un
civil mexicano que pertenecía a la etnia zapoteca de la sierra oaxaqueña y que
se había educado en el seminario y en el Instituto de Ciencias de su estado, quien
por la firmeza de sus convicciones constitucionales había sido apoyado tanto
por federalistas radicales como por centralistas, fue presidente de México en
varias ocasiones y es considerado como el hombre que consolido la nación como república. En Venezuela, sin embargo, se
edita por primera vez en 1953, 136 años después de de su primera impresión. Es
inentendible como la obra de Roscio no fue reconocida antes, decimos reconocida
porque muy probablemente si era conocida, y como dice Rafael Arráiz Lucca es
poco probable que Roscio no le haya entregado a Bolívar en Angostura, en 1819,
un ejemplar de su libro, lo que muestra una total falta de interés en reconocer
sus considerables aportes ideológicos. En esta obra Roscio considera que “por
más que se afanen los déspotas y sus cortesanos, la soberanía ha sido y será siempre
un atributo natural e inseparable del pueblo”. Pasa, de aceptar la excusa de
responsabilidad por parte del rey frente a sus súbditos, a exigirle cuentas,
vinculadas con el contrato tácito que vive entre quienes delegan su soberanía
(el pueblo) y quienes la ejercen por delegación (el gobernante). Argumenta que la
ley viene a ser la expresión del voto general, es decir, la expresión escrita
de la voluntad general en el ejercicio de la soberanía. Advierte que sin leyes
la soberanía del pueblo no encuentra cauce; sabe que la inexistencia de leyes
beneficia al monarca, del que depende el curso del gobierno cuando no se
dispone de un marco regulatorio. Considera que “el derecho que el hombre tiene
para no someterse a una ley que no sea el resultado de la voluntad del pueblo
de quien él es individuo, y para no depender de una autoridad que no derive del
mismo pueblo, es lo que ahora entiendo por libertas”.
Las ideas liberales que él maneja son las
mismas que van a dar nacimiento a los Estados Unidos de América, a la
Revolución francesa y a la independencia de las provincias españolas en América.
Es decir, las ideas que dieron nacimiento a las republicas, que dieron al
traste con las monarquías, y que fueron constituyendo un Estado de Derecho
moderno sobre la base, entre otros, de un concepto central para todo el
andamiaje posterior: el concepto de soberanía.
Referencias
Arráiz Lucca, R. (2014). Civiles. Caracas: Alfa.
Escalante, P. García, B. Jáuregui, L.
Zoraida, J. Speckman, E. Garciadiego, J. y Aboites, L. (2011). Nueva Historia Mínima de México. México,
D.F: El Colegio de México.
JUAN
GERMÁN ROSCIO
AUTOR:
Félix
Piñerúa Monasterio
DISEÑO
Y MONTAJE ELECTRÓNICO: Trinemily Gavidia
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